Tarifas 2.0TD // 3.0TD // 6.1TD

La potencia contratada se facturará el 100% en todos los casos, sin usar la fórmula del maxímetro. La energía activa se facturará con la misma metodología que hasta ahora, separando el consumo en los diferentes periodos tarifarios. Los excesos que se produzcan en el término de potencia, por encima de la potencia contratada, se facturarán en función del tipo de punto de suministro que el cliente tenga:

Tipo 5 (<15kW contratados): en este tipo de puntos (tarifa 2.0TD) se realizará un corte del suministro cuando la potencia consumida supere la potencia contratada. En aquellos puntos que por su naturaleza no puedan ser interrumpidos, distribuidora aplicará la antigua fórmula del maxímetro en estos casos, teniendo obligatoriamente que contratar la potencia máxima que aparezca en el Boletín de la Instalación Eléctrica.

Tipo 4 (15kW<P<50kW contratados): fundamentalmente suministros 3.0TD y 6.1TD. Se cobrará el doble del término de exceso de potencia tp multiplicado por la diferencia entre la potencia máxima demandada Pdj dentro de todo el periodo de la factura y el 105% de la potencia contratada Pcp para cada uno de los i periodos que el cliente tenga en su tarifa.

Imagen de EL NUEVO SISTEMA DE FACTURACIÓN. en Ingedás
Fórmula del cálculo de exceso de potencia para suministros tipo 4.

En esencia, es una forma similar de penalización al antiguo maxímetro, pero en este caso el cobro es inferior, debido a que el exceso se sumará sobre la potencia contratada y no la registrada. Por otro lado, se pierde esa compensación (hasta el 85% de la potencia contratada), cuando la potencia registrada era inferior a la contratada. Aun así, si se utilizan bien las herramientas de optimización y tal como se ha apuntado antes, esta nueva fórmula puede ser un ahorro.

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Precio en €/kW del término de exceso de potencia “tp”, del peaje correspondiente.

Tipo 1, 2 y 3 (P>50kW contratados): fundamentalmente suministros 6.1TD y algunos 3.0TD. El sistema es el mismo que el cálculo de excesos de potencia de la antigua tarifa 6.1A. Para cada periodo de 15 minutos del mes Pdj de potencia demandada se le restará la potencia Pcp contratada y se le aplicará la fórmula observada. El resultado será ponderado por los términos de exceso de potencia tep y Kp para obtener el término de penalización por excesos para cada uno de los periodos dentro de la tarifa.

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Fórmula del cálculo del exceso de potencia para suministros tipo 1, 2 y 3.

Básicamente lo que persigue esta fórmula es penalizar puntualmente por aquellas veces que nos pasemos de la potencia contratada, en vez de penalizar el mes entero como hacía anteriormente el maxímetro. Es una característica que ya venían teniendo los antiguos clientes 6.1A.

Coeficiente de pérdidas.

Los nuevos coeficientes de pérdidas para traspasar la energía en contador a energía en barras de central, serán los siguientes:

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Porcentajes de los coeficientes de pérdidas por tarifa.

Son ligeramente superiores a los que anteriormente se venían aplicando, por lo que el precio de la energía debería sufrir un pequeño incremento al alza por este motivo.

Facturación de la energía reactiva.

La facturación de este tipo de energía en principio no sufrirá variaciones en la forma y cuantía que venía haciéndose hasta ahora, por lo tanto, las tarifas 2.0TD seguirán sin ser facturadas por este concepto, mientras que sí que lo harán el resto de tarifas como lo venían haciendo hasta ahora.

Además, se añade un término de penalización por energía capacitiva. Aquellos puntos de suministros englobados dentro de la nueva tarifa 3.0TD o 6.1TD deberán mantener de forma horaria un factor de potencia superior a 0,98 capacitivo en el periodo 6. En caso de estar fuera de ese rango capacitivo la distribuidora penalizará el punto de suministro a razón de 0,05€/kVArh.

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